7A. Manual Interno de Políticas y Procedimientos para Garantizar la Protección de Datos Personales. La Empresa declara que está comprometida con la protección de los datos personales, y en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013 y demás normas que los reemplazen o modifiquen, cuenta con un Manual Interno de Políticas y Procedimientos para Garantizar la Protección de Datos Personales, el cual hace parte integral del Contrato. La Empresa hará el tratamiento de los datos personales en los términos y alcances de dicho manual.
7B. Autorización de Uso de Datos Personales del Vendedor Independiente. Con la suscripción del Contrato el Vendedor da su consentimiento y autorización expresa, voluntaria, informada e inequívoca para que se procesen y usen los datos personales que contiene el Contrato y para que se transfieran dichos datos personales, junto con la información acerca de las actividades de ventas futuras de esta cuenta de Vendedor Independiente, a cualquiera de las empresas subsidiarias y afiliadas de la Empresa en todo el mundo, y a otros Vendedores que estén dentro de la misma Organización o cadena de distribución con el único propósito de administrar las ventas y distribución de Productos y para proporcionar informes a sus Vendedores sobre la actividad de ventas de sus Organizaciones. El Vendedor entiende y reconoce que estas transferencias de datos personales pueden hacerse a países que no tienen un nivel jurídico de protección de privacidad equivalente al que existe en su país de residencia. En el evento que el Vendedor sea Encargado o Responsable del Tratamiento (según se definen estos en la Ley 1581 de 2012) de datos personales deberá obtener la autorización para llevar a cabo el tratamiento de dichos datos por parte de su titular. La Empresa no asume ningún tipo de responsabilidad si el Vendedor no llegaré a cumplir con esta obligación que está a su cargo.
En cumplimiento de los dispuesto en el artículo 14 del Decreto 1377 de 2013, en los casos en que no sea posible poner a disposición del Titular el Manual Interno de Políticas y Procedimientos para Garantizar la Protección de Datos Personales, la Empresa informará por medio de un aviso de privacidad al titular sobre la existencia de tales políticas y la forma de acceder a la mismas de manera oportuna y en todo caso a más tardar al momento de la recolección de la información personal.
7C. Uso de Listas de Vendedores y Clientes por el Vendedor.
- Listas son Propiedad Confidencial. Las listas de Vendedores y Clientes, y todos los contactos de ellas generados (“Listas”) son propiedad confidencial de la Empresa. La Empresa ha derivado, compilado, configurado y actualmente mantiene las Listas a través de la inversión de tiempo, esfuerzo y recursos monetarios considerables. Las Listas en sus formas presentes y futuras constituyen activos y secretos comerciales provechosos para los negocios de la Empresa. El derecho de divulgar las Listas y otra información de Vendedores y Clientes mantenida por la Empresa queda expresamente reservado para la Empresa y puede ser negado a criterio de la Empresa o en cumplimiento de políticas de la Empresa o disposición legales vigentes.
- Listas Personalizadas. La Empresa provee una porción singularmente personalizada de las Listas a los Vendedores (los “Receptores”). Cada porción de la Lista proporcionada contiene únicamente información específica para el nivel del Receptor y su propia Línea Descendente.
- Limitaciones de Uso. Las Listas son proporcionadas para el uso exclusivo y limitado del Receptor a fin de facilitar la capacitación, el apoyo y la prestación de servicios a la Línea Descendente del Receptor con el objeto de fomentar únicamente el negocio relacionado con la Empresa. El Receptor acuerda que cada uso, dentro de su alcance intencional, constituye un acuerdo de licencia exclusiva y separada entre el Receptor y la Empresa.
- Las Listas Pertenecen a la Empresa. Las listas siguen siendo, en todo momento, propiedad exclusiva de la Empresa, la cual podría en cualquier momento y a criterio exclusivo de la Empresa, reclamar y tomar posesión de las Listas. Por lo anterior, el Receptor/Vendedor acuerda:
- Mantener como confidencial y no divulgar ninguna Lista o porción de la misma a ninguna tercera Persona, incluso, pero sin limitarse a, otros Vendedores, competidores y público en general.
- Limitar el uso de las Listas a su alcance intencional que es fomentar su negocio de doTERRA. Las Listas no pueden ser utilizadas para identificar y ofrecer a los Vendedores de doTERRA otras oportunidades y actividades comerciales.
- Que cualquier uso o divulgación de las Listas fuera de los que aquí se autorizan, o para el beneficio de una tercera persona, constituye uso inapropiado, malversación y una violación del acuerdo de autorización del Receptor, lo cual causa daño irreparable a la Empresa.
- Que, al ocurrir cualquier violación de esta sección, el Receptor estipula que medidas cautelares son remedios apropiados para regir dicho uso bajo leyes nacionales o locales aplicables, y que retirará inmediatamente y devolverá a la Empresa todas las Listas previamente proporcionadas al Receptor tan pronto lo solicite la Empresa, y que las obligaciones bajo esta sección sobrevivirán la rescisión del Contrato del Receptor.
- Recursos en Casos de Violación. La Empresa se reserva el derecho de procurar todos los remedios apropiados bajo las leyes nacionales o locales para proteger sus derechos sobre la información privada y comercialmente secreta arriba detallada y que se encuentra en las Listas. Cualquier falta en la procura de cualquier recurso aplicable no constituirá renuncia a tales derechos.